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CENTRO DE MEDIACIÓN
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Principales preguntas sobre Mediación

La mediación es un método legal, voluntario y confidencial para resolver conflictos de forma pacífica, ágil y económica. A través del diálogo, las partes involucradas llegan a acuerdos que tienen validez jurídica y son de cumplimiento obligatorio.

En FUNSEC le acompañamos con profesionales capacitados para que usted mismo, junto con la otra parte, construya una solución justa y mutuamente satisfactoria, sin necesidad de acudir a jueces o tribunales.

La mediación ofrece ventajas como la rapidez, confidencialidad, bajo costo y la posibilidad de mantener o mejorar las relaciones entre las partes. 

Art. 190 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce “el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir”.
Art. 43 de la Ley de Arbitraje y Mediación determina a la mediación como “un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto”.
Art. 44 Ibidem, dispone “la mediación podrá solicitarse a los centros de mediación o a mediadores independientes debidamente autorizados, y podrán someterse al procedimiento de mediación que establece la presente Ley, sin restricción alguna, las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, legalmente capaces para transigir. El Estado o las instituciones del sector público podrán someterse a mediación, a través del personero facultado para contratar a nombre de la institución respectiva. La facultad del personero podrá delegarse mediante poder”.
Resolución N.26-2018 de 20 de febrero del 2018, expidió las directrices para el Registro y Funcionamiento de los Centros de Mediación, registro de directores/as y mediadores/as, así como los centros de formación de mediadores/as, en el Art. 3 señala “El Pleno del Consejo de la Judicatura autorizará el registro y la renovación del registro de los centros de mediación y centros de formación de mediadores, además de su cancelación o eliminación, cuando corresponda; la Secretaría General estará a cargo de los registros; la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica del Consejo de la Judicatura, emitirá los informes jurídicos; y, la Subdirección Nacional de Centros de Mediación y Justicia de Paz, emitirá los informes técnicos relativos al funcionamiento del servicio de mediación y de formación de mediadores a nivel nacional”.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuenta con un sistema de facilitación y resolución alternativa de conflictos.

El proceso generalmente comienza con una solicitud de mediación, seguida de la designación de un mediador, sesiones de mediación donde se busca la comunicación y acuerdos, y finalmente, si se llega a un acuerdo, se redacta un acta de mediación con efectos legales. 

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Contamos con un equipo profesional con 25 años de experiencia brindando asesoría legal y patrocinio, promoviendo el diálogo para resolver conflictos.

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FUNDACIÓN FUNSEC


La Fundación FUNSEC es una entidad legalmente autorizada para ofrecer mediación como un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, conforme a la Constitución de la República del Ecuador, la Ley de Arbitraje y Mediación y las directrices emitidas por el Consejo de la Judicatura.

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CORPORACIÓN JURIDICA SEC


La Corporación Jurídica SEC ha sido creada con el objetivo de satisfacer las necesidades de nuestros clientes en cuanto al Asesoramiento Jurídico Administrativo, Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos y Auditorias.

Somos un grupo sólido que busca apropiarse de los procesos de nuestros clientes buscando su eficiencia y permitiendo que ellos atiendan sus actividades de negocios incrementando valor a sus productos y servicios sin preocuparse de la gestión operativa.

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Datos estadisticos sobre la Mediación a nivel Mundial

La mediación resuelve entre el 70 % y el 90 % de los conflictos de forma efectiva, evita juicios y suele cerrarse en una sola sesión. Es hasta un 60–70 % más económica que los litigios, se realiza en 1 a 3 días y promueve acuerdos con alta probabilidad de cumplimiento. Una solución rápida, accesible y orientada al diálogo.

73%

De los casos se resuelven en una sola sesión, y la mayoría dentro de uno a tres días




85%

La mediación tiene una tasa de éxito general de alrededor del 85 % en resolver conflictos sin llegar a juicio

Beneficios

La mediación puede ahorrar al sector empresarial entre un 60 % y 70 % en comparación con litigios


Estamos para solucionar tus inconvenientes con rapidez y responsabilidad



Un análisis profundo de la mediación y la resolución de conflictos

Transforme sus conflictos en oportunidades con nuestro servicio de mediación. Facilitamos el diálogo y la resolución pacífica de disputas.